sábado, 10 de abril de 2010

CATEOS

Cuando hay una investigacion ministerial y el ministerio publico considere necesaria la practica de un cateo debe acudir al juez correspondiente para solicitarle por escrito la diligencia expresando:
el objeto y la necesidad de las diligencias, la persona o las personas que deban localizarse y aprehenderse y los objetos, instrumentos o productos del delito que buscan y deben asegurarse.
la autoridad devera resolverlo en un termino de 72 horas siguientes a la peticion.

No hay comentarios:

Publicar un comentario